Señores
Acreedores de Belgroup S.A.S
Con copia a la Superintendencia de Sociedades
Proceso Liquidación judicial, Ley 1116 de 2006
Sociedad Belgroup S.A.S
NIT 900.605.724
Expediente 102991
Asunto Avances en el proceso de enajenación de activos – Solicitud de martillo electrónico
JOSÉ LUIS ACOSTA MORENO, identificado con la cédula de ciudadanía número 80.927.406, abogado titular de la tarjeta profesional número 176.989 del Consejo Superior de la Judicatura, actuando en calidad de auxiliar de justicia adscrito a la firma ENLAW LEGAL SERVICES S.A.S, sociedad identificada con el NIT 901.060.325, la cual ostenta la calidad de entidad liquidadora de BELGROUP S.A.S, identificada con el NIT 900.605.724, por medio del presente memorial, me permito presentar los avances en el proceso de enajenación de activos de la concursada, así como la solicitud del martillo electrónico, en los siguientes términos:
- ANTECEDENTES
- El 12 de agosto de 2021, a través de auto con número de radicado 2021-01-505574, la Superintendencia de Sociedades admitió al proceso de reorganización a Belgroup S.A.S.
- El 12 de julio de 2023, mediante auto proferido en audiencia, la Superintendencia de Sociedades confirmó el acuerdo de reorganización de Belgroup S.A.S, lo cual consta en el acta con número de radicado 2023-01-602714.
- El 17 de junio de 2024, mediante auto proferido en audiencia de incumplimiento del acuerdo de reorganización, la Superintendencia de Sociedades declaró el fracaso del proceso de reorganización de Belgroup S.A.S y decretó la apertura del proceso de liquidación judicial, lo cual consta en el acta con número de radicado 2024-01- 574888.
- El 5 de julio de 2024, a través de auto con número de radicado 2024-01 621240, la Superintendencia de Sociedades designó como liquidador de la sociedad Belgroup S.A.S en liquidación judicial a la sociedad Enlaw Legal Services S.A.S y emitió las órdenes correspondientes a la apertura del proceso.
- El 2 de octubre de 2024, a través de memorial con número de radicado 2024-01- 861603, la sociedad liquidadora de Belgroup S.A.S presentó el proyecto de calificación y graduación de créditos.
- El 9 de diciembre de 2024, a través de memorial con número de radicado 2024-01-947210, la sociedad liquidadora de Belgroup S.A.S presentó el inventario de bienes.
- El 19 de marzo de 2025, mediante traslado con número de radicado 2025-01-113759, la Superintendencia de Sociedades corrió traslado del proyecto de calificación y graduación de créditos, contenido en el memorial con número de radicado 2024-01-861603. El término del traslado se extendió desde el 20 de marzo hasta el 27 de marzo de 2025, período durante el cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales-DIAN y Central de Inversiones S.A presentaron objeciones al mencionado proyecto.
- El 11 de abril de 2025, mediante traslado con número de radicado 2025-01-183487, la Superintendencia de Sociedades corrió traslado de las objeciones presentadas al proyecto de calificación y graduación de créditos, contenidas en los memoriales identificados con los radicados 2025-01-130490 y 2025-01-133387. El término del traslado se extendió desde el 14 de abril hasta el 16 de abril de 2025.
- El 15 de abril de 2025, a través de memorial con número de radicado 2025-01-211421, se remitió la respuesta a las objeciones presentadas contra el proyecto de calificación y graduación de créditos.
- El 15 de agosto de 2025, mediante traslado con número de radicado 2025-01-582738, la Superintendencia de Sociedades corrió traslado del inventario valorado de bienes contenido en el memorial con número de radicado 2024-01-947210. El término del traslado se extendió desde el 19 de agosto hasta el 1 de septiembre de 2025, período durante el cual el señor Daniel Alfredo García Ramírez presentó objeción al mencionado inventario.
- El 8 de septiembre de 2025, mediante traslado con número de radicado 2025-01-634411, la Superintendencia de Sociedades corrió traslado de la objeción presentada al inventario valorado de bienes, contenida en el memorial identificado con el radicado 2025-01-598300. El término del traslado se extendió desde el 9 de septiembre hasta el 11 de septiembre de 2025.
- El 10 de septiembre de 2025, a través de memorial con número de radicado 2025-01-651535, se remitió la respuesta a la objeción presentada contra el inventario valorado de bienes.
- El 21 de octubre de 2025, mediante auto con número de radicado 2025-01-734172, la Superintendencia de Sociedades convocó a las partes a la audiencia de resolución de objeciones, aprobación del inventario valorado de bienes, fijación de honorarios del liquidador y demás asuntos pendientes de decisión, programada para el 29 de octubre de 2025 a las 10:00 a.m.
- El 29 de octubre de 2025, se reprogramó la audiencia de resolución de objeciones, aprobación del inventario valorado de bienes, fijación de honorarios del liquidador y demás asuntos pendientes de decisión, para el 30 de octubre de 2025.
- El 30 de octubre de 2025, se llevó a cabo la audiencia mencionada, en la cual se aprobó el proyecto de calificación y graduación de créditos, así como el inventario valorado de bienes. Asimismo, se decretó un plazo de dos meses para que la sociedad liquidadora procediera a enajenar los activos inventariados.
AVANCES EN EL PROCESO DE ENAJENACIÓN DE ACTIVOS
En este apartado se presentan los avances del proceso de enajenación, con base en la situación actual de cada activo, según se detalla a continuación.
Apartamento identificado con la matrícula inmobiliaria 50N-20683199
Sobre el apartamento 402, ubicado en la carrera 18B No. 116-26 de la ciudad de Bogotá D.C., se fijó un aviso de venta. Como resultado, se han recibido llamadas de personas interesadas, sin embargo, estas desisten al identificar que el inmueble no cuenta con parqueadero. Por tal motivo, hasta la fecha no se ha concretado su venta.
Vehículo automotor identificado con la placa HKX-251
Se encuentra pendiente el pronunciamiento de la Superintendencia de Sociedades respecto de la solicitud presentada mediante el memorial con número de radicado 2025-02-025222, relacionada con la autorización para la continuación y ejecución del contrato de promesa de compraventa del vehículo automotor identificado con la placa HKX-251.
Asimismo, se encuentra pendiente el pronunciamiento de la Superintendencia de Sociedades respecto de la solicitud de exclusión del vehículo del inventario, presentada bajo el radicado número 2025-01-598300.
Inventario equipo de computación y comunicación
Del inventario que se detalla a continuación se efectuó su enajenación, generándose los siguientes recursos:
| Producto | Cantidad | Valor U. | Total |
| EPSON TM-T20II | 1 | $ 80.000 |
$ 100.000,00 |
| TV 40” | 2 | $ 500.000,00 |
$ 1.000.000,00 |
Inventario equipo de oficina
Del inventario que se detalla a continuación se efectuó su enajenación, generándose los siguientes recursos:
| Producto | Cantidad | Valor U. | Total |
| Estantería pared | 4 |
$ 10.000,00 |
$ 40.000,00 |
Inventario deportivo: calzado, ropa y accesorios deportivos
Del inventario que se detalla a continuación se efectuó su enajenación, generándose los siguientes recursos:
| Distribución de Venta de invetario | Unidad | Valor unitario | Subtotal |
| Caja de calzado tipo TENIS, SEMI BOTA Y GUAYO por 20 unidades multi marca | 120 | $ 700.000,00 | $ 84.000.000,00 |
| Caja de ropa deportiva y accesorios por 20 unidades multi marca | 71 | $ 300.000,00 | $ 21.300.000,00 |
| Caja de accesorios deportivos por 20 unidades multi marca | 5 | $ 300.000,00 | $ 1.500.000,00 |
| Total | $ 106.800.000,00 | ||
Se estima la enajenación de 50 cajas adicionales de calzado, derivada de una oportunidad comercial asociada a los productos de la temporada escolar.
Cuentas comerciales y cuentas por cobrar
El 7 de octubre de 2025, la sociedad Belgroup S.A.S suscribió un contrato de prestación de servicios profesionales con la señora Erika Lilian Monroy Casas, cuyo objetivo es adelantar y llevar hasta su culminación las gestiones extrajudiciales y/o judiciales necesarias para el cobro de las siguientes obligaciones:
Al respecto, se informa que se iniciaron los procesos de cobro y el avance de los mismos será presentado en un informe separado.
- SOLICITUD
Con base en lo expuesto, solicito respetuosamente al Despacho se autorice la venta de los activos restantes de la concursada mediante el mecanismo de martillo electrónico, en razón a la conveniencia para los fines del proceso y con el objetivo de evitar una adjudicación de bienes muebles a los acreedores, situación que podría afectar la adecuada materialización de los derechos de crédito.
JOSÉ LUIS ACOSTA MORENO
Auxiliar de la justicia adscrito a
Enlaw Legal Services S.A.S